TMA Leticia

ENR 2.1 · AIRAC 73/26 · Clase A, D · 2 áreas

La TMA Leticia es un espacio aéreo controlado clase “D” desde 1.500 ft AGL hasta 17.500 ft y clase “A” desde 17.500 ft hasta FL245; la clasificación del espacio aéreo sombreado será clase “D” desde 3.500 ft hasta 14.500 ft

Áreas y frecuencias

ÁreaLímitesDependenciaFrecuencia
LETICIA - POLIGONO 1 Desde 041142S/0695624W; 040912S/0702210W; 041017S/0704629W; 040554S/0704608W; 035543S/0704416W; 033946S/0703504W; 031042S/0701818W; 024243S/0700117W; 024243S/0693944W; 034615S/0695138W; para el punto de origen Area bounded by lines joining points 041142S/0695624W; 040912S/0702210W; 041017S/0704629W; 040554S/0704608W; 035543S/0704416W; 033946S/0703504W; 031042S/0701818W; 024243S/0700117W; 024243S/0693944W; 034615S/0695138W to point of origin. FL 195 A 17500 FT 17500 FT D 1500 FT AMAZONAS APP · Leticia Aproximación ES / EN 1100-0300 119.10 MHZ 120.10 MHZ ALTERNATE
LETICIA - POLIGONO 2 Desde 041142S/0695624W; 034615S/0695138W por un arco de sentido horario de 26NM de radio centrado en 041142S/0695624W 040912S/0702210W; para el punto de origen Area bounded by lines joining points 041142S/0695624W; 034615S/0695138W then along the clockwise arc of a circle of 26NM radius centred on 041142S/0695624W to 040912S/0702210W to point of origin. 14500 FT D 3500 FT AMAZONAS APP · Leticia Aproximación ES / EN 1100-0300 119.10 MHZ 120.10 MHZ ALTERNATE

Cartas

Procedimientos del espacio aéreo

  1. 1.1.2. Será potestativo del ATC, autorizar aproximación visual y/o ascensos y descensos en VMC, al tránsito que opere dentro del espacio aéreo descrito en 1.1, siempre y cuando la utilización NO origine un conflicto de tránsito o afecte la seguridad de los vuelos restantes. Cuando sea pertinente deberá mediar coordinación entre dependencias ATC, a fin de evitar conflictos en el espacio aéreo subsiguiente.
  2. 1.1.3. Se podrá autorizar a un vuelo IFR para que haga una aproximación visual , siempre que el piloto pueda mantener referencia visual con el terreno, y
  3. 1.1.4. La Autorización para que un vuelo IFR ejecute una aproximación visual puede ser solicitada por la tripulación de vuelo o iniciada por el controlador. En este último caso, se requiere la aprobación de la tripulación de vuelo.
  4. 1.1.5. Se suministrará separación entre la aeronave autorizada a efectuar una aproximación visual y las demás que lleguen y salgan.
  5. 1.1.6. Ninguna aeronave puede entrar al área de Control Terminal Leticia, sin antes haber recibido y colacionado el reglaje altimétrico y la autorización correspondiente.
  6. 1.1.7. Servicio de información y alerta se prestará en frecuencia 118,35 Mhz Afredo Vásquez Cobo Torre
  7. 1.2.1.1 Aeronaves procediendo hacia SKLT
  8. 1.2.1.2 Aeronaves despegando del aeropuerto de SKLT
  9. 1.2.2.1 Encaminamiento del tránsito
  10. 1.2.2.2 Aeronaves llegando:
  11. 1.2.2.3 Aeronaves despegando del aeropuerto de SKLT

TMA Leticia en ENR 2.1 del eAIP ↗

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